REFORMA SOCIAL Y MUNICIPIO LIBRE

 

Entre las reformas pendientes de realizar existen propuestas de la sociedad civil y del mismo gobierno, de distinto alcance, nivel y profundidad, de carácter social, territorial y municipal.

La obligación del Estado, referente al desarrollo del país, no se limita a apoyar al sector privado como lo pregonan abiertamente los ideólogos del neoliberalismo. El impulso del sector social es todavía más importante y esencial. En este ámbito urgen acciones profundas que involucran a toda la administración pública, a saber, el reconocimiento efectivo, real, de la personalidad jurídica de ejidos y comunidades, la protección de sus tierras para la creación de centros de población y realizar sus actividades productivas, de acuerdo a nuestra Constitución Política.

Asimismo, se requiere que el Estado actúe enérgicamente en los mecanismos que faciliten la expansión de la actividad económica del sector social (ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas pertenecientes mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores), y de todas las formas de organización social dirigidas a la producción, distribución y consumo de bienes y servicios, tal y como mandata la carta magna y que hasta hoy ha sido poco menos que letra muerta.

De la misma manera, hace falta recuperar la propiedad social y pública usurpada, durante la vigencia de los regímenes neoliberales: tierras nacionales, ejidales, de las comunidades indígenas, incluyendo caminos rurales y vías públicas de comunicación, así como vías férreas, instalaciones, puertos y aeropuertos concesionados, la flora y la fauna, playas, costas, humedales, y un recurso esencial para la vida: las fuentes de agua, además de una larga lista de bienes todavía en manos privadas, obtenidos de manera ilegal.

El derecho de los ciudadanos a circular libremente por el país se ve obstaculizado por los dueños de tierras que cancelan caminos públicos, cierran el acceso a terrenos “privados”, dificultan el asentamiento de pobladores expulsados de sus tierras, pueblos o de las mismas ciudades.

No se ha saldado el compromiso histórico con los pueblos originarios, reconocido por el Estado mexicano desde el gobierno de Ernesto Zedillo, pero desacatado por ese mismo régimen, sin solución pública hasta hoy. No obstante que en la Mesa 2 sobre Democracia y Justicia, en el Diálogo de San Andrés Sacamch’en de los Pobres, los indígenas zapatistas de Chiapas plantearon su demanda, asumida por el gobierno. Allí se acordó:

“Un nuevo marco normativo debe considerar la extensión a todos los municipios del país de la posibilidad de remunicipalizar, a partir de criterios étnicos, culturales o de desarrollo, lo cual deberá basarse en la consulta a las poblaciones correspondientes.

Establecer bases y condiciones para el ejercicio de formas de autogobierno, como las que se derivan de los acuerdos de autonomía y libre determinación a los que se llegó en la Mesa de Derechos y Cultura indígena.

Posibilidad de formular leyes propias (en lugar de los actuales bandos municipales, que tienen un alcance restringido).”

“Que los agentes municipales sean nombrados por los pobladores, a través del voto secreto y directo, o de los mecanismos de democracia ya establecidos en los municipios indígenas, y no designados arbitrariamente por la autoridad municipal.”

En este asunto las acciones que permitan la vigencia e implementación de sus derechos, marcha por la ruta de la acción directa de los pueblos originarios, si bien hay que reconocer que el actual gobierno federal ha sido tolerante y respetuoso de su organización autónoma.

Debido a esos y otros problemas relacionados con la nula planeación de las actividades económicas, problemas desatendidos por los gobiernos durante los últimos ochenta años, la población del país se ha concentrado en núcleos urbanos que desbordan los límites territoriales de los municipios y las entidades federativas; fenómeno que también se registra en zonas fronterizas.

En el año 2020 se da cuenta de la existencia de 77 zonas metropolitanas, situadas en el noreste, centro y occidente del país, en tanto que las entidades federativas del noroeste y el sudeste tienen pocos municipios extensos.

Diez y seis años antes, en 2004, el CONAPO, el INEGI y la SEDESOL, establecieron que un área metropolitana, posee alguna de las siguientes tres cualidades: 1° un agrupamiento de dos o más municipios, en donde hay una ciudad con al menos 50 mil habitantes, cuya influencia se extiende a otras poblaciones vecinas y que tienen un alto nivel de integración socio-económica; 2° un solo municipio en el cual se ubica una ciudad con una población de al menos un millón de habitantes; 3° una ciudad con al menos 250 mil habitantes, conurbada con otra de Estados Unidos.

Ante esta problemática, el senador por Jalisco, Alberto Galarza Villaseñor, presentó una iniciativa de reforma al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer que la coordinación entre los municipios que integran una zona metropolitana sea obligatoria.

La reforma considera revisar los criterios que permitan otorgar reconocimiento a las zonas metropolitanas del país, para que la coordinación no dependa del ánimo político de los funcionarios municipales. El proyecto contempla la creación de organismos coordinadores que le den estructura a las zonas metropolitanas, con el fin dar mejores servicios a los ciudadanos de una metrópoli. El senador afirmó que fue un error la eliminación del Fondo Metropolitano, pero dijo que se debe aprovechar para discutir la forma de coordinación entre los municipios conurbados.

La senadora, Nancy de la Sierra, respaldó la propuesta que busca mejorar la coordinación metropolitana y generar desarrollo sostenible, a la vez que, esperan, permita reducir la desigualdad en los municipios involucrados. La también senadora Indira Kempis apoyó la reforma para, a su juicio, abordar la gobernanza metropolitana como un mecanismo de planeación a futuro.

En esta propuesta participa Mario Silva, director del Instituto de Planeación y Gestión del Desarrollo del Área Metropolitana de Guadalajara (IMEPLAN), quien señaló que los objetivos son favorecer la gobernanza; obligar a la coordinación municipal; establecer criterios generales para la delimitación de zonas metropolitanas; y utilizar los instrumentos técnicos de planeación para la coordinación. Actualmente la coordinación en las áreas económica y de seguridad es muy apreciada en los ocho municipios conurbados de Guadalajara. A mi parecer no se puede obligar a los municipios, porque dejarían de ser libres, la cuestión es encontrar mecanismos viables de coordinación.

El 8 de diciembre de 2020 el Congreso del Estado de Jalisco admitió un oficio presentado por Enrique Rojas Román, Presidente del Municipio de La Barca, para formalizar la intención de integrar una Zona Metropolitana Interestatal entre los municipios de La Barca Jalisco y Briseñas de Matamoros Michoacán. El objetivo es normar la planeación de crecimiento regulado de ambas localidades, pues los pobladores de ambas ciudades ya comparten actividades sociales y económicas. 

La petición, que data del año 2009, fue abordada por la Comisión Legislativa de Gestión Metropolitana del Congreso Estatal de Jalisco para analizar y, en su caso, avalar la integración de la Zona Metropolitana Interestatal.

El diputado Héctor Pizano Ramos, presidente de la comisión, señaló que la intención es armonizar una agenda común en temas como servicios, seguridad, educación e inversiones, pues “hoy ya comparten un territorio y  no distinguen fronteras. “Tener un área metropolitana le permite tanto al Gobierno Federal como a los estatales que atraigan inversiones, haya o no fondo metropolitano”.

Cabe recordar que la primera Zona Metropolitana Interestatal de Jalisco se formó con el Municipio Puerto Vallarta Jalisco y Bahía de Banderas Nayarit, lo cual les permitió acceder a los recursos del desaparecido Fondo Metropolitano. La Barca y Briseñas de Matamoros serían la segunda Zona Interestatal de Jalisco.

 

ACTIVIDADES:

1.    ¿En qué consiste la obligación del Estado respecto al sector social en México?

2.    ¿En qué consiste el compromiso histórico del Estado mexicano con los pueblos indígenas?

3.    ¿En qué consiste el reclamo de autonomía de los pueblos indígenas?

4.    Exponga lo relativo a los municipios conurbados en el país (zonas metropolitanas).

5.    ¿Cuál de los criterios señalados pueden reunir los Municipios de Guaymas y Empalme para ser considerados zona metropolitana?

6.    ¿Cuál de los criterios señalados puede reunir el Municipio de Hermosillo para ser considerado zona metropolitana?

7.    ¿Cuál municipio de Sonora puede reunir el tercer criterio señalado, para ser considerado zona metropolitana?

 

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